Teleformación en tiempos de Coronavirus

Aún estamos asimilando todo lo que está ocurriendo a nuestro alrededor, a la velocidad de la luz los cambios desbaratan nuestro día a día.

¿Qué podemos decir de la situación laboral? Los ERTES se han apoderado del escenario laboral actual y las dudas sepultan nuestro orden mental.

Los trabajadores afectados por un Expediente de Regulación Temporal de Empleo se ven, de pronto, inactivos y confinados, en muchos casos ocupando el tiempo para que la cabeza mantenga un equilibrio. Desde las empresas la situación no es mejor, la preocupación por el negocio, la responsabilidad de una plantilla sin ocupación, la rueda de proveedores, clientes… 

¿Qué pueden hacer las empresas por sus trabajadores durante el periodo de ERTE?

La teleformación se convierte, ahora más que nunca, en la mejora aliada. Ofrecer a los trabajadores formación on line que permita perfeccionar sus competencias profesionales. Ahora es un momento perfecto para que la plantilla pueda acceder a esa formación que nunca ha tenido tiempo de hacer, adquirir nuevos conocimientos, desarrollar competencias, trabajar competencias TIC, aspectos técnicos, idiomas… aquellas materias que perfeccionen el desempeño en el puesto de trabajo.

 

Las empresas pueden hacer frente a esta inversión mediante el Plan de Formación Programada por las Empresas, bonificando en cada caso los costes que correspondan a través de los Seguros Sociales. Así queda recogido en el RD. 694/2017.

Artículo 5. Destinatarios de las iniciativas de formación.

  1. Podrán ser destinatarios de la formación profesional para el empleo todos los trabajadores ocupados y desempleados, en los términos que a continuación se señalan:
  2. a) De acuerdo con lo establecido en el artículo 9.1 de la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, en la formación programada por las empresas, regulada en el capítulo II, podrán participar los trabajadores asalariados que presten sus servicios en empresas o en entidades públicas no incluidas en el ámbito de aplicación de los acuerdos de formación en las Administraciones Públicas y coticen a la Seguridad Social en concepto de formación profesional, incluidos los trabajadores fijos discontinuos en los períodos de no ocupación, así como los trabajadores que accedan a situación de desempleo cuando se encuentren en período formativo y los trabajadores afectados por medidas temporales de suspensión de contrato por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, en sus períodos de suspensión de empleo.

Por tanto, la formación que realicen  los trabajadores afectados por ERTE durante el periodo de no ocupación, es susceptible de ser gestionada a través del aplicativo de FUNDAE.

En Akacenter nos ponemos a vuestra disposición para resolver cualquier duda o trámite al respecto.

Cuidense!  

 

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