Los puntos clave de la Nueva Ley de FP.

En una época marcada por el fuerte cambio tecnológico y económico al que estamos sometidos se requiere un adecuada cualificación y flexibilidad del capital humano. Al mismo tiempo que muchas personas no encuentran empleo, el sistema empresarial no logra cubrir algunas de sus ofertas de empleo (principalmente vinculados a la Formación Profesional).

Las previsiones para España en 2025 señalan que el 49 % de los puestos de trabajo requerirán una cualificación intermedia, y solo un 14 % de puestos requerirán baja cualificación.

Ante este escenario es urgente mejorar los mecanismos de formación y recualificación y ajustarlos a las necesidades profesionales.

Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de la Formación Profesional , pone en el centro de la acción política a la persona y su necesidad de cualificarse y mantenerse actualizada a lo largo de toda su vida. Al mismo tiempo, contribuye al fortalecimiento de la competitividad del país y del tejido

Con la nueva ley se configura el sistema único de Formación Profesional como un conjunto, por primera vez, articulado y compacto que:

  • identifica las competencias profesionales del mercado laboral,
  • asegura las ofertas de formación idóneas,
  • posibilita la adquisición de la correspondiente formación o, en su caso, su           reconocimiento.
  • pone a disposición un servicio de orientación acompañamiento profesional que               permita el diseño de itinerarios formativos individuales y colectivos.

Sistema integrado y flexible formado por grados de Formación:

Grado A:  constituye la oferta de base del Sistema de Formación Profesional, tiene carácter parcial y acumulable y conduce a la obtención de una acreditación parcial de competencia.

Grado B:  constituye el objeto de la oferta de carácter parcial y acumulable del Sistema de Formación Profesional referida a un módulo profesional incluido en el Catálogo Modular de Formación Profesional y conduce a la obtención de un Certificado de Competencia.

Grado C:  constituye la oferta, parcial y acumulable del Sistema de Formación Profesional, de varios módulos profesionales del Catálogo Modular de Formación Profesional por razón de su significación en el mercado laboral y conduce a la obtención de un Certificado Profesional.

Grado D: del Sistema de Formación Profesional se corresponde con los ciclos formativos de formación profesional que forman parte del sistema educativo español en los términos establecidos en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, debiendo contribuir, además de a los objetivos del Sistema de Formación Profesional, a los previstos para este tipo de enseñanzas en dicha ley orgánica para cada uno de los grados básico, medio y superior.

Grado E: Cursos de Especialización en Grado Medio (Especialista) o en Grado Superior (Máster Profesional)

El Catálogo Nacional de Estándares de Competencias Profesionales sustituye al Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales y se encarga de ordenar los estándares de competencias profesionales identificados en el sistema productivo, en función de las competencias apropiadas y el estándar de calidad requerido para el ejercicio profesional, susceptibles de reconocimiento y acreditación.

Otro de los aspectos novedosos de la nueva ley es que se potencia la FP Dual, ya que la formación profesional que se realiza armonizando los procesos de enseñanza y aprendizaje entre el centro de formación profesional y la empresa u organismo equiparado, en corresponsabilidad entre ambos agentes, con la finalidad de la mejora de la empleabilidad de la persona en formación.

La Ley orgánica 3/2022 de ordenación e integración de la Formación Profesional, según el  Ministerio de Educación Y formación Profesional  tiene como objetivo “ convertir la FP en una palanca de transformación económica y social del país

Néstor Cruz del Rosario.

Scroll al inicio